Sección Sindical UGT Qipro

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Vacaciones 2018: es la hora de decidir cuando nos vamos.

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Os informamos que la empresa se dirigirá a nosotros en los próximos días con el fin de informarnos del plazo que tenemos para cuadrar las vacaciones 2018, que previsiblemente será hasta el 28 de febrero como viene siendo habitual.

Os recordamos que el plazo para la grabación de nuestras peticiones de vacaciones reglamentarias se encontrará abierto hasta la fecha indicada.

Así como la ruta para su grabación, a través de la INTRANET, seleccionamos la opción Solicitud cuadro de vacaciones, las cuales, una vez estén aprobadas por el departamento podremos proceder a su grabación definitiva.

Disponemos de 22 días efectivos de vacaciones (no computando los sábados, ni los domingos y festivos).

Las vacaciones podrán ser fraccionadas hasta en tres periodos.

En el caso de no existir consenso entre los distintos miembros del equipo se atendrá a las siguientes prioridades para su confección:

  • En primer lugar, la preferencia se otorgará al de mayor antigüedad en la Empresa y si hubiera coincidencia en este punto, la preferencia se otorgará al de mayor edad.
  • Cuando se disfruten las vacaciones en varios periodos, no se tendrá preferencia para elegir el segundo hasta que no haya elegido el primero el resto del personal afectado por el cuadro, procediéndose igual con el tercero.

Las vacaciones deberán realizarse siempre dentro del año natural, si durante el disfrute de las mismas el empleado sufriera una enfermedad grave con baja médica, notificará a la empresa en el plazo de veinticuatro horas, y no se computará a efectos de vacaciones los días durante los que se encuentre en dicha situación. En este caso y tras su incorporación, los días de vacaciones pendientes se disfrutarán cuando las necesidades del servicio lo permitan, y en todo caso, inmediatamente a continuación del alta médica, si hubiera terminado el año natural al que corresponda.

En los casos, en el que el período de vacaciones coincida con la baja médica por embarazo o con los permisos por maternidad, paternidad, lactancia, adopción, etc. se tendrá derecho a disfrutar sus vacaciones en la fecha de su incorporación al trabajo, aunque haya terminado el año natural al que corresponda.

En resumen:

  • Plazo: previsiblemente hasta el 28 de febrero.
  • Ruta: INTRANET, solicitud cuadre de vacaciones.
  • Días: 22 días laborales (no cuentan los sábados).
  • Las vacaciones pueden ser fraccionadas hasta en tres periodos.
  • Falta de consenso en el equipo en la elección de los periodos de vacaciones:
    • Preferencia: se otorgará al de mayor antigüedad en la empresa.
    • Supuesto de coincidencia: al de mayor edad.
    • No elegirá el segundo periodo hasta que no hayan elegido el primero el resto de compañeros afectados.
  • Las vacaciones deberán disfrutarse siempre dentro del año natural.
  • Baja médica:
    • Se notificará a la Empresa en el plazo de veinticuatro horas,
    • No computan estos días a efectos de vacaciones.
    • Los días pendientes serán disfrutados tras la incorporación, atendiendo a las necesidades del servicio.
    • Si hubiese terminado el año natural, se disfrutarán inmediatamente a continuación alta médica.
    • Baja médica por embarazo: derecho a disfrutar las vacaciones tras la incorporación, aunque haya terminado año natural.
  • Permisos por maternidad, paternidad, lactancia, adopción: igual al caso de baja médica por embarazo.