UGT ha denunciado que el endurecimiento de las condiciones por parte de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social para conceder las bajas y el miedo de los trabajadores a perder su puesto de trabajo ha provocado un trasvase de accidente con baja a accidente sin baja durante los años de la crisis económica.
Mediante un comunicado, el sindicato ha destacado que las bajas «se reservan para accidentes más graves», lo que hace que, por un lado, la duración media de las mismas aumente y, por otro lado, descienda la siniestralidad ya que los accidentes sin baja «no se tienen en cuenta en las estadísticas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social».
Entre los años 2000 y 2003 la declaración de los accidentes con baja y sin baja se mantuvo prácticamente paralela, aunque siendo siempre inferior la correspondiente a los accidentes sin baja. Desde el año 2004 hasta 2006 se produce un descenso en los accidentes con baja. A partir de 2006 «se inicia un cambio de tendencia nunca visto y los accidentes con baja descienden en picado mientras aumentan los que no causan baja».
Según ha indicado UGT, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo «ya puso de manifiesto que este trasvase de accidentes con baja a accidentes sin baja ha dado lugar a que accidentes a los que antes se les hubiera dado la baja, calificados como más leves y con bajas más cortas, ahora no la obtienen porque la tendencia es reservar las bajas para los accidentes «más serios» en los que las bajas son, por lo general, más largas».
Además, ha señalado que el índice de incidencia de los accidentes con baja ocurridos durante la jornada laboral desde 2000 hasta 2012 descendió de manera desigual, se estancó entre 2005 y 2007 para después descender de forma más acelerada entre 2008 y 2012. Posteriormente sufre un incremento que se alarga hasta nuestros días.
Por este motivo, ha reivindicado la necesidad de «establecer un sistema objetivo de clasificación por gravedad de los accidentes de trabajo e incluir la especialidad de medicina del trabajo dentro del servicio público de salud».
También ha hecho especial hincapié en que se debe revisar el sistema de calificación y declaración de los accidentes de trabajo y enfermedades profesiones con el fin de «incorporar patologías relacionadas con el trabajo que, aún conociendo su origen laboral, se siguen tratando como enfermedad común, y prestando especial atención a los cánceres de origen profesional, las patologías musculo-esqueléticas y las derivadas de los riesgos psicosociales».
Asimismo, ha reclamado la derogación de la normativa de Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (Ley 35/2014), la eliminación íntegra de varios artículos del Estatuto de los Trabajadores, concretamente de los artículos 20.4, «que permite al empresario verificar el estado de enfermedad o accidente del trabajador para justificar sus faltas de asistencia al trabajo», el artículo 52.d, que» regula la extinción del contrato por faltas de asistencia aun siendo justificadas», y del artículo 54.f, «para que las adicciones no sean causa de despido o sanción»,
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