Con el comienzo de un nuevo año todas las empresas actualizan las retenciones que se practican en las nóminas de los empleados.
Para muchas personas el cálculo de las retenciones de IRPF en la nómina son un verdadero misterio y de sinsabores al ver el porcentaje que Hacienda se queda de su sueldo.
Y es que el cálculo de las retenciones en nómina apenas cambia con los años más allá de los tramos que marcan las tablas de IRPF.
¿Cual sera mi retencion del IRPF?:
Los trabajadores deberán volver a rellenar el modelo 145 por el que informan a la misma de sus datos personales.
Instrucciones para cumplimentar el modelo 145
1º DATOS DEL PERCEPTOR (Trabajador):
- Revisar N.I.F., apellidos, nombre y fecha de nacimiento (RECTIFICAR SOBRE EL MISMO IMPRESO).
Situación familiar (SÓLO SE MARCARÁ UNA OPCIÓN)
- Si está SOLTERO SIN HIJOS: Marque la casilla 3.
- Si está CASADO (con o sin hijos) Y SU CÓNYUGE GANA O PREVÉ QUE VA A GANAR MENOS DE 1.500 euros/año: Marque la casilla 2. (En este caso, debe rellenar obligatoriamente el N.I.F. del cónyuge).
- Si está CASADO (con o sin hijos) Y SU CÓNYUGE GANA O PREVÉ QUE VA A GANAR MÁS DE 1.500 euros/año: Marque la casilla 3.
- Si está SOLTERO-SEPARADO-DIVORCIADO CON ALGÚN HIJO MENOR DE 18 AÑOS: Marque la casilla 1 y rellene el apartado 2 (Hijos y otros descendientes).
- Si está SOLTERO-SEPARADO-DIVORCIADO CON HIJOS SÓLO MAYORES DE 18 AÑOS: Marque la casilla 3.
- Si está VIUDO CON ALGÚN HIJO MENOR DE 18 AÑOS: Marque la casilla 1 y rellene el apartado 2 (Hijos y otros descendientes).
- Si está VIUDO SÓLO CON HIJOS MAYORES DE 18 AÑOS: Marque la casilla 3.
Discapacidad del trabajador: En caso de tener reconocido un grado de discapacidad mayor o igual al 33%, marque la casilla correspondiente.
2º HIJOS Y OTROS DESCENDIENTES.
Se reflejará el año de nacimiento o adopción de todos los hijos MENORES DE 25 AÑOS, SOLTEROS Y QUE CONVIVAN CON UD. (SI SON DISCAPACITADOS NO HAY LÍMITE DE EDAD), siempre que no ganen o prevea que no van a ganar más de 8.000 EUROS EN EL AÑO.
En caso de ser discapacitados, marcar la casilla correspondiente.
¡IMPORTANTE!: Si los hijos conviven SÓLO con Ud., sin convivir también con el otro progenitor, marque la casilla “Cómputo por entero de hijos o descendientes”.
3º ASCENDIENTES MAYORES DE 65 AÑOS.
Si sus padres conviven con Ud. (¡ojo! los suegros NO) y son mayores de 65 años o menores de dicha edad si son discapacitados, AL MENOS LA MITAD DEL AÑO y no tienen rentas anuales superiores a 8.000 euros, rellene los apartados correspondientes.
4º PAGO POR LA ADQUISICIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL UTILIZANDO FINANCIACION AJENA.
Se indicará, cuando proceda, si se está pagando hipoteca por adquisición de vivienda habitual con derecho a deducción (sólo para viviendas habituales adquiridas con anterioridad al 01-01-2014).
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