Dependiendo del grado de parentesco que tengamos con dicho familiar, disfrutaremos de más o menos días de permiso.
Será de 4 días laborales en los casos de fallecimiento de cónyuge, padres o hijos, incluyéndose en este tiempo los posibles desplazamientos.
Será de 2 días laborales. Si por tal motivo, necesitaras hacer un desplazamiento al efecto fuera del lugar de trabajo de más de 200 Km por cada uno de los viajes (de ida y vuelta), el plazo será de 4 días.
El inicio del permiso coincidirá con el día de fallecimiento del familiar. No obstante, contará desde el día siguiente si ante el aviso en el día de fallecimiento se hubiese realizado más del 75% de la jornada (según publicación en la intranet de la empresa).
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