Los trabajadores con una antigüedad mínima de un año, podrán disfrutar permiso sin sueldo por un máximo de un mes y por una sola vez cada año.
Este permiso, como su propio nombre indica, no genera un derecho retributivo, por lo que en este mes el empleado no cobrará su nómina.
El permiso podrá ser fraccionado en 2 períodos máximos de quince días naturales, uno en cada semestre del año. Las empresas podrán denegar la concesión de estos permisos cuando en las mismas fechas se encuentren disfrutándolos más del 3% del personal.
Este permiso no supone baja en la Seguridad Social para el empleado.
La nómina correspondiente al periodo de disfrute del permiso exista un recobro por la cantidad correspondiente al número de días, según el siguiente cálculo: (Nivel retributivo anual / 365 días año)*nº días de permiso sin sueldo.
Para conocer el importe de como quedará tu nómina, si solicitas el permiso de un mes sin sueldo, puedes utilizar nuestro formulario pinchando aquí.
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